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Garantice un futuro tranquilo, porque al terminar su vínculo laboral con su patrono, contará con este recurso para solventar sus compromisos económicos.
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La cesantía es el derecho que usted adquiere como trabajador por el tiempo laborado, siempre que su salida de la institución sea con responsabilidad patronal y forma parte de su liquidación o prestaciones. Afiliese a nuestro Programa de Administración de Cesantía, usted asegura la liquidación del monto trasladado por su patrono, en caso de renuncia o despido sin responsabilidad patronal.
Somos la mejor alternativa para administrar este derecho a los trabajadores de las instituciones en convenio y entre sus beneficios se destacan: Excelentes rendimientos anuales. Calidez y servicio personalizado. Créditos con tasas de interés preferencial para los afiliados al programa.
Está conformada por dos aportes, uno personal y otro patronal. El aporte personal es un ahorro porcentual que usted realiza mensualmente. El aporte patronal es un porcentaje que su patrono traslada a Coopecaja mensualmente a partir del momento en que usted se afilia al programa, sin ningún costo o afectación para el trabajador.
CCSS, Conacop, Asemina, Asemoog, Tamizaje, Infocoop, CPCA, Fondo Mutual de la CCSS, Unacoop, Centro de formación Las Catalinas, Cenecoop, Jota y CE Sociedad Anónima, Consejo Nacional de Concesiones y Contraloría General de la República.
En caso de renuncia a su empleo o es despedido sin responsabilidad patronal no recibe ningún monto por concepto de cesantía. Si no se encuentra afiliado al programa, su patrono solamente realizará reservas contables de la cesantía, por lo que usted no percibe ninguna ganancia o beneficio sobre este monto.
En el mercado hay varias organizaciones, pero ninguna con la experiencia de Coopecaja. Una vez que usted se afilie a una organización para que administre su cesantía, el aporte patronal será trasladado únicamente por esa entidad.
En el programa de administración de cesantía, el mínimo en el aporte personal es 0% y el máximo 9%.
A finales de enero y julio de cada año.
En cualquier momento efectuando la exclusión del porcentaje en cualquiera de nuestras sucursales, y se devuelve en un periodo de 45 días hábiles.
No, la administración de la cesantía es un servicio adicional de Coopecaja por lo tanto no es necesario renunciar para obtener ese dinero.
No, el aporte patronal que destina la entidad con convenio al Programa de Administración de Cesantía es únicamente en una entidad por lo tanto debe de cerciorarse cual entidad es la que esta percibiendo dicho monto mensualmente.